El 29 de enero nos concentrábamos ante la Delegación Territorial de Vivienda en Bilbao y hoy volvemos a concentrarnos por el mismo motivo. El pasado día 4 no fue posible, porque la familia monoparental nos llamó horas antes del desahucio. Nos pasamos la noche trabajando, más no sirvió de nada. Y hoy tenemos que lamentar otro desahucio de una familia monoparental, padre e hija, son mayores de edad, pero no encuentran una vivienda de alquiler privado porque cobra la R.G.I. y sólo trabaja 4 horas el padre. Ella está estudiando y si no hay solución tendrá que dejar los estudios y ponerse a trabajar. En las instituciones públicas lo único que la dicen es que no tienen vivienda, que no pueden hacer nada. Con este proceder se está pisoteando la ley y se está pisoteando la dignidad de estas familias que viven el drama en el abandono de Ayuntamientos, Etxebide – las Delegaciones Territoriales de Vivienda, el propio Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y el Gobierno Vasco.
Base legal en la que nos basamos para denunciar que no cumplen la ley: El art. 47 C.E. que reconoce el derecho a una vivienda digna y adecuada. Tiene una aplicación especial, pero es aplicable y debe ser respetado. Una parte de él que no se ha respetado y no se va a respetar es utilizar nuevas formas para solucionar el drama de la vivienda por la que se pasará suelo público a empresas especuladoras cuando lo prohíbe «… establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo al interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística.»
El Dictamen del Comité DESC de la ONU resuelve que:
«El derecho humano a una vivienda adecuada es un derecho fundamental que constituye la base para el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales (Observación General n° 4) y está vinculado en su integridad a otros derechos humanos, incluyendo los del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El derecho a la vivienda se debe garantizar a todos, sean cuales fueren sus ingresos o su acceso a recursos económicos y los Estados partes deben tomar todas las medidas que sean necesarias para lograr la plena realización de este derecho, hasta el máximo de sus recursos disponibles.
Todas las personas deben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una protección legal contra el desahucio, el hostigamiento u otras amenazas. Esta garantía se aplica también a las personas que viven en viviendas alquiladas, ya sean públicas o privadas.
Los desalojos forzados son «prima facie» incompatibles con los requisitos del Pacto, y sólo podrán justificarse en las circunstancias más excepcionales y de conformidad con los principios pertinentes de derecho internacional (…)
Los Estados partes no sólo tienen la obligación de respetar los derechos del Pacto, por lo cual deben abstenerse de infringirlos, sino que también tienen la obligación de protegerlos. Si un Estado parte no toma las medidas adecuadas de protección de un derecho del Pacto, compromete su responsabilidad (…)
Los desalojos no deberían dar lugar a que los afectados queden sin vivienda. Por tanto, si no disponen de recursos para una vivienda alternativa, los Estados partes deberán adoptar todas las medidas necesarias para que en lo posible se les proporcione otra vivienda. Los Estados parte deben prestar especial atención en los casos de los desalojos afecten a mujeres, niños, personas mayores, personas con discapacidad.»
Ha estado en Bizkaia el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Extrema Pobreza y Derechos Humanos, el Sr. Philip Alston, las recomendaciones que transmitirá al Gobierno, ha destacado la aplicación de una reforma fiscal redistributiva y también de la política de vivienda. El comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su informe recoge el derecho a vivienda que Etxebide niega. En este campo ha comentado que la Constitución española contempla el derecho a la vivienda, pero en la realidad «esto no significa nada» y ha pedido a los legisladores que empiecen a «tomarse en serio» éste problema para parar los desahucios, incrementar la vivienda social y «limitar el precio de los alquileres en las grandes ciudades». …»una crisis de vivienda de proporciones inquietantes y un sistema de protección social completamente inadecuado». Se consta su indiferencia ante el problema al no desarrollar la Ley de Vivienda vasca y que en junio harán 5 años de su aprobación y que siga siendo como un papel mojado. En los presupuestos de la C. A. Vasca este año son 11.000 millones, y para el drama de la vivienda 150 millones. Es más que evidente que no hay interés en solucionarlo. Al igual que la sanción que se aplica a quien ha ocupado una vivienda vacía de un banco porque no se le entrega vivienda de alquiler social de Etxebide y no tiene para los gastos básicos. El informe de los Servicios Municipales así lo recogen.
También ha hablado de la pobreza, el informe emitido tiene 22 páginas, el Sr. Alston ha destacado que «España es la quinta economía más grande de Europa» y que «sin embargo, tiene unos niveles de pobreza sorprendentemente altos», lo que, a su juicio, «plantea verdaderas preguntas sobre quién se ha beneficiado del reciente crecimiento y quién se ha quedado atrás». Se ha lamentado que «Más de una década después de la crisis financiera, y tras una impresionante recuperación económica, muchos de los indicadores de pobreza y desigualdad de España están muy por encima de los niveles anteriores a la crisis».
La infancia es una de las partes de esta sociedad más expuesta al riesgo de pobreza. En la C.A. del País Vasco una o uno de cada cinco niñas o niños vive en situación de pobreza o en una insuficiencia de ingresos económicos para hacer frente a los gastos básicos. Ezkerraldea es la comarca con los índices de pobreza infantil más elevados de toda Bizkaia.
Ha remarcado que no «no se toma en serio» los derechos sociales: «A pesar de que España está prosperando económicamente, demasiadas personas siguen pasando apuros». España se encuentra entre las peores situaciones de pobreza de la U.E.
Estos Tratados obligan al Estado en toda su literalidad hasta el punto de que en caso de conflicto o duda interpretativa con una norma de derecho interno, prevalece el Tratado Internacional (artículo 31 de la Ley 25/2014 sobre Tratados Internacionales).
Por esta falta de respeto a la familias e incumplimiento se va presentar un escrito al Delegado Territorial de Vivienda solicitando que se proceda a la SUSPENSIÓN TEMPORAL DE DESALOJOS de quienes van a ser lanzados judicialmente por encontrarse sin ingresos suficientes para el pago de la cuota de la hipoteca o del alquiler público o privado hasta que quien-es habitan el inmueble tengan una alternativa habitacional adecuada en el sentido descrito por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la jurisprudencia del T.E.D.H.
¡¡¡Sí se puede!!! Pero no quieren.
KALERATZERIK EZ! * PLATAFORMA DE AFECTADXS POR LA HIPOTECA BILBO BIZKAIA.
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