Por Laura Fontalba
Hoy, la Asociación Euskadi-Cuba y José Manuel Manzaneda, periodista de Cubainformación, han celebrado su absolución al considerarse que en el artículo por el que fueron denunciados «no se dan los requisitos exigidos legal y jurisprudencialmente para considerarlo calumnioso o que incitase al odio».
El pasado jueves, José Manzaneda, coordinador del medio de comunicación Cubainformación, y el representante legal de la propia asociación Euskadi-Cuba se enfrentaron a un juicio tras la publicación de un artículo sobre el bloqueo económico de EEUU contra Cuba. En dicho artículo, Manzaneda empleaba la calificación «criminal de guerra» contra Javier Larrondo, presidente de la asociación «anticastrista» Prisioners Defenders.
Hoy, han celebrado su absolución al considerar que dicha calificación «no es injuriosa» y que, además, en un análisis conjunto del artículo, podría considerarse «una hipérbole periodística». De hecho, tal y como han informado desde Cubainformación, la sentencia ha considerado que Manzaneda utilizó la expresión con intención de «crítica, recriminación o censura política, que encuentra acomodo dentro de los límites de la libertad de expresión».
Asimismo, la sentencia ha considerado que las acusaciones de la parte querellante reflejan una clara «temeridad», con lo que Endika Zulueta, abogado de Manzaneda, ha expresado su satisfacción por haber destapado que la acción penal sólo se ha utilizado como «medio de ataque a un rival ideológico», con lo que, además de absolver a Manzaneda, ahora será Larrondo quien tendrá que hacerse cargo de una parte de las costas judiciales.